V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
De los antecedentes administrativos
El 7 de enero de 2023, la Unidad de Control Operativo Estratégico (UCOE), en la localidad de Botijlaca de la ciudad de La Paz, labró el Acta de Comiso 2002677 (fs. 2), dentro del operativo “LP-GRIA-2002677/2023”, por la intervención de un vehículo tipo camión, marca Volvo, color blanco, con placa de control 622HHC, que transportaba tela. En el momento de la intervención se presentó la DIM DI-2022-221-2445454 en fotocopia simple, procediéndose a la intervención debido a que dicha DIM no guardaba relación con la mercancía transportada.
El 25 de enero de 2023, la AN emitió el Auto Administrativo AN/GRLP/ILP/AADM/47/2023 (fs. 26 a 31), mediante el cual se dispuso la devolución de la mercancía descrita en el ítem 3 del Informe Técnico LAPLI-SPCC-VP-IN-0038/2023, de 25 de enero (fs. 32 a 39).
El 14 de febrero de 2023, la AN emitió el Auto Administrativo AN/GRLP/ILP/AADM/83/2023 (fs. 86 a 89), que dispuso la modificación en el Sistema de Procesos Contravencional, Impugnación y Disposición de Mercancías (SPCID), retrotrayendo el proceso hasta la etapa del Acta de Intervención Contravencional LAPLI-C-0125/2023 de 25 de enero, correspondiente al Acta de Comiso 2002677. Asimismo, anuló todas las actuaciones posteriores a dicha Acta, incluyendo las notificaciones realizadas a través del Sistema SUMA NOT-2023-10325. Lo dispuesto en este Auto Administrativo fue ratificado mediante el Auto Administrativo AN/GRLP/ILP/AADM/114/2023 de 14 de marzo (fs. 76 a 79), con la única variación en la consignación del número de notificación del Sistema SUMA, el cual figura como NOT-10324.
El 28 de marzo de 2023, la AN emitió el Acta de Intervención Contravencional LAPLI-C-0125/2023 (fs. 99 a 102), documentando la intervención del vehículo tipo camión, marca Volvo, con placa de control 622HHC, que transportaba tela con discrepancias respecto al metraje declarado en la DIM presentada. Se presumió la comisión de contrabando contravencional, conducta tipificada en el art. 181.b) del CTB.
El 19 de abril de 2023, se emitió la Resolución Sancionatoria de Contrabando LAPLI-SPCC-RC-1135/2023 (fs. 131 a 144), que declaró PROBADA la comisión del contrabando contravencional.
De los antecedentes de impugnación administrativa
Contra la referida Resolución Sancionatoria, Ruddy Choque Villca interpuso Recurso de Alzada (fs. 20 a 24), el cual fue resuelto mediante la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0593/2023, de 4 de agosto (fs. 117 a 129), que CONFIRMÓ el acto impugnado.
Posteriormente, el sujeto pasivo interpuso Recurso Jerárquico (fs. 145 a 147 vta.), que fue resuelto mediante la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1262/2023 de 30 de octubre (fs. 177 a 186 vta.), que CONFIRMÓ la Resolución de Alzada.
Contra la decisión adoptada por la instancia jerárquica, Ruddy Choque Villca interpuso demanda contenciosa administrativa, la cual se pasa a resolver.
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. CONTENIDO DE LA DEMANDA
- III. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
- IV. APERSONAMIENTO DEL TERCERO INTERESADO
- V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES
- VI. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- VII. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO
- VIII. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
