SE/0091/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

SE/0091/2025

Fecha: 15-Sep-2025

V. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Y PROCESALES

1. Antecedentes Administrativos

El 19 de abril de 2023, la Administración Tributaria notificó al demandante con la Orden de Verificación 22910307216 de 23 de marzo de 2023 a fs. 6, con alcance específico del crédito fiscal IVA, correspondiente al período fiscal septiembre de 2021, de la factura identificada en el Anexo adjunto, en la cual también detalla la documentación requerida.

El 21 de abril de 2023, el contribuyente presentó una nota adjuntando la factura sujeta a verificación (Factura 141 con NIT 1938830013) y señalando que fue pagada en efectivo, conforme consta en el Acta de Recepción de la misma fecha a fs. 10.

Posteriormente, el 8 de septiembre de 2023, la Administración Tributaria notificó al contribuyente con la Vista de Cargo 292380000297 de 28 de agosto de 2023 de fs. 36 a 41, en la que estableció que, como resultado del proceso de verificación, la factura observada no cumplía con los requisitos necesarios para respaldar el crédito fiscal. En consecuencia, expuso una liquidación preliminar de la deuda tributaria en un total de 3.375 UFV (tres mil trescientas setenta y cinco Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de tributo omitido actualizado, intereses y sanción por omisión de pago.

El 26 de diciembre de 2023, la Administración Tributaria notificó al contribuyente con la Resolución Determinativa 172380000435 de 27 de octubre de 2023 de fs. 53 a 59, mediante la cual ratificó el reparo contenido en la Vista de Cargo y determinó la deuda tributaria en un total de 3.390 UFV (tres mil trescientas noventa Unidades de Fomento a la Vivienda), incluyendo tributo omitido actualizado, intereses y sanción por omisión de pago, correspondiente al IVA del período fiscal septiembre de 2021.

2. Antecedentes de la Impugnación Administrativa

Contra la Resolución Determinativa 172380000435, el contribuyente Miguel Ángel Tanaka Rea interpuso Recurso de Alzada, que fue resuelto mediante la Resolución ARIT-SCZ/RA 0167/2024 de 9 de abril de fs. 49 a 56, que CONFIRMÓ en todas sus partes el acto impugnado.

Contra dicha Resolución, el contribuyente interpuso Recurso Jerárquico, que fue resuelto mediante la Resolución AGIT-RJ 0850/2024 de 24 de junio de fs. 101 a 111, CONFIRMANDO la Resolución de Alzada.

Frente a la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0850/2024, el sujeto pasivo Miguel Ángel Tanaka Rea presentó la demanda contenciosa administrativa, que ahora se pasa a resolver.