Sentencia Rol 7778 - 19
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 7778 - 19

Fecha: 13-Jul-2021

0000231 DOSCIENTOS TREINTA Y UNO 2 - Artículo 294 bis del Código del Trabajo: La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras

0000231 DOSCIENTOS TREINTA Y UNO 2 - Artículo 294 bis del Código del Trabajo: La Dirección del Trabajo deberá llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, debiendo publicar semestralmente la nómina de empresas y organizaciones sindicales infractoras. Para este efecto, el tribunal enviará a la Dirección del Trabajo copia de los fallos respectivos. - Artículo 495, inciso final, Código Trabajo: Copia de esta sentencia deberá remitirse a la Dirección del Trabajo para su registro. - Artículo 4°, inciso primero, Ley 19.886: Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. Síntesis de la gestión pendiente En cuanto a la gestión judicial en que incide el requerimiento, cabe consignar que la actora Consorcio Merkén SpA., empresa del rubro alimentación institucional, adjudicataria de contratos de operación de los programas de alimentación escolar (PAE) y parvularia (PAP) de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), fue denunciada por el Sindicato Interempresa de Manipuladoras de Alimentos, por prácticas antisindicales, en relación a la afectación del fuero en la negociación colectiva. El Segundo Juzgado de Letras del trabajo de Santiago, por sentencia de 4 de junio de 2020, acogió la denuncia (causa RIT S-41-2019), declarando la existencia de práctica antisindical, lesiva de la libertad sindical, con motivo el despido de trabajadores; la nulidad de los despidos y la reincorporación de los trabajadores. La requirente interpuso recurso de nulidad, por infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia, que fue declarado admisible y se encuentra pendiente de vista ante la Corte de Apelaciones de Santiago (Corte N° Laboral Cobranza-1510-2020).