Auto Constitucional A 036/00
Fecha: 02-May-2000
En consecuencia, para garantizar el derecho de defensa de un tercero con interés legítimo dentro del proceso, la Sala se abstendrá de efectuar la revisión de la presente tutela y en su lugar ordenará al juzgado de primera instancia, poner en conocimiento de la empresa ICOBORDADOS S.A., en Liquidación, la nulidad saneable derivada de la circunstanci...