Auto Constitucional A 281/01

Fecha: 01-Oct-2001

1. El Decreto 1382 de 2000 “por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela” es manifiestamente inconstitucional, porque viola el artículo 86 de la Carta Política, desconoce el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, expedido por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorgaba directamente el artículo 5º...

Auto Constitucional A 282/01

Fecha: 03-Oct-2001

Como la regla general es la cosa juzgada absoluta, cuando se opte por la relativa se deberá dejar expresa constancia de ello. En otros términos, el proferimiento de fallos de constitucionalidad con efectos de cosa juzgada relativa debe ser manifiesto, al punto que se presume lo contrario si tal salvedad no se consigna. ...

Auto Constitucional A 283/01

Fecha: 03-Oct-2001

1. Conforme al precepto contenido en el artículo 243 de la Carta Política, los fallos que se profieran por la Corte Constitucional, en ejercicio del control de constitucionalidad, “hacen tránsito a cosa juzgada constitucional”, norma esta que guarda estrecha relación con el artículo 21 del Decreto 2067 de 1991 en virtud del cual tales sentencias “s...

Auto Constitucional A 284/01

Fecha: 03-Oct-2001

3. Por medio de sentencia de abril 16 de 2001 el Juzgado 65 de Instrucción Penal Militar de Pitalito tuteló el derecho al debido proceso del accionante por considerar que la anotación hecha en el folio de vida del accionante sin adelantar un previo proceso contra él, era vulneratoria de la garantía constitucional del artículo 29. En este mismo sent...

Auto Constitucional A 285/01

Fecha: 03-Oct-2001

3.1 Considera que la tutela interpuesta ha sido contra una decisión interlocutoria de segunda instancia, por medio de la cual, se decreto la nulidad de algunas de las ordenes dadas en el proveído de primer grado, referentes a la vinculación procesal de unas personas dentro de las diligencias previas, adelantadas por el delito de falsa denuncia. 3.3...

Auto Constitucional A 286/01

Fecha: 04-Oct-2001

3.- Notificada de la sentencia, la accionante la “impugno”. El Juzgado Primero Penal del Circuito de Santiago de Cali, mediante providencia de 14 de marzo de 2001 decidió “decretar la nulidad de la sentencia” impugnada, en tanto concluyó que la primera instancia había omitido practicar pruebas y no se pronunció sobre las pretensiones de la accionan...

Auto Constitucional A 287/01

Fecha: 04-Oct-2001

- Como el actor incurrió en mora en el pago de las respectivas cuotas, mediante escrito presentado el día 29 de octubre de 1999, ofreció la entrega de su inmueble como “dación en pago”, con el fin de satisfacer la totalidad de la deuda. No obstante, indica que pese a sus requerimientos la petición ha sido desatendida. ...

Auto Constitucional A 288/01

Fecha: 04-Oct-2001

En ejercicio de la atribución contenida en el artículo 6 del Decreto 2067 de 2001, el ciudadano Jorge Alberto Rojas Otálvaro, presentó recurso de súplica contra el auto de doce (12) de septiembre de 2001, mediante el que se rechazó la demanda de los artículos 1 a 11 de la Ley 617 de 2000, por operar el fenómeno de cosa juzgada constitucional en los...

Auto Constitucional A 289/01

Fecha: 05-Oct-2001

En sentencia del 29 de marzo de 2001, la Subsección “A” de la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, negó la tutela en cuestión. Consideró que efectivamente es la Fundación San Juan de Dios quien debe asumir el pago de los salarios adeudados a la accionante, y no el Ministerio de Salud. Igualmente indicó que las pruebas aporta...

Auto Constitucional A 289A/01

Fecha: 10-Oct-2001

La jurisprudencia constitucional ha sentado la diferencia entre cosa juzgada absoluta y cosa juzgada relativa. La primera es aquella figura jurídica que opera a plenitud, “que implica la imposibilidad de estudiar nuevamente aspectos de una norma sobre los que se ha pronunciado previamente la Corte”, impidiendo por completo la posibilidad de interpo...

Auto Constitucional A 290/01

Fecha: 10-Oct-2001

En lo pertinente a la cosa juzgada relativa es de señalar que cuando esta se presenta admite que posteriormente, se formulen nuevos cargos de inconstitucionalidad contra la norma que ha sido objeto de examen, distintos a los que la Corte ya ha analizado. Tal evento se presenta en los siguientes casos: Cuando el estudio de exequibilidad de una norma...

Auto Constitucional A 291/01

Fecha: 10-Oct-2001

Mediante escrito presentado ante esta Corporación el día 27 de septiembre de 2001, el ciudadano MARCO HERNANDO BAEZ GARZON solicita: “que se revise la sentencia No. C-592 de 09 de diciembre 1993 (parcial),en la que esa Honorable Corporación declara inconstitucional intervenir como defensores en las cortes marciales a militares abogados en servicio ...

Auto Constitucional A 292/01

Fecha: 11-Oct-2001

2.- El 26 de abril de 2001 el apoderado presentó la demanda ante la Oficina Judicial de Bogotá. En ella afirmó que su poderdante, mediante escrito radicado bajo el No. 991318 de 17 de septiembre de 1999, solicitó al “FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, FONDO EDUCATIVO DE CUNDINAMARCA –FEC”, cesantía parcial, sin que para la fech...

Auto Constitucional A 293/01

Fecha: 11-Oct-2001

2.- El 26 de abril de 2001 el apoderado presentó la demanda ante la Oficina Judicial de Bogotá. En ella afirmó que su poderdante, mediante escrito radicado bajo el No. 981667 de 13 de noviembre de 1999, solicitó al “FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, FONDO EDUCATIVO DE CUNDINAMARCA –FEC”, cesantía parcial, sin que para la fecha...

Auto Constitucional A 294/01

Fecha: 11-Oct-2001

1.- Los hechos que motivaron a GLADYS MANJARRES DUARTE para interponer la acción, se circunscriben a que en su condición de docente adscrita al departamento de Santander el 14 de mayo de 1999 solicitó un anticipo de cesantías para liberación de la hipoteca que grava su vivienda, sin que para la fecha de presentación de la demanda se las hubieran pa...

Auto Constitucional A 295/01

Fecha: 11-Oct-2001

Segundo. ORDENAR al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Tunja, que reinicié el proceso de su conocimiento, previa notificación a todas las partes interesadas en el mismo, al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio de Boyacá, así como a todas aquellas entidades que en su criterio deban responder. Surtido dicho trámite, la acción de tutela se...

Auto Constitucional A 296/01

Fecha: 17-Oct-2001

El 10 de julio de 2001, la Sala Cuarta de Revisión de Tutelas dictó la Sentencia T-732 en los procesos acumulados T-427001, T-427538, T-429995, T-432415 y T-434087. En ella se tomaron dos decisiones. De un lado, se confirmaron los fallos de primera y segunda instancia que habían negado la tutela del derecho de asociación sindical de 324 actores y s...

Auto Constitucional A 297/01

Fecha: 19-Oct-2001

1. El Decreto 1382 de 2000 “por el cual se establecen reglas para el reparto de la acción de tutela” es manifiestamente inconstitucional, porque viola el artículo 86 de la Carta Política, desconoce el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, expedido por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorgaba directamente el artículo 5º...

Auto Constitucional A 298/01

Fecha: 24-Oct-2001

En lo pertinente a la cosa juzgada relativa es de señalar que cuando esta se presenta admite que posteriormente, se formulen nuevos cargos de inconstitucionalidad contra la norma que ha sido objeto de examen, distintos a los que la Corte ya ha analizado. Tal evento se presenta en los siguientes casos: Cuando el estudio de exequibilidad de una norma...

Auto Constitucional A 298A/01

Fecha: 24-Oct-2001

De las consideraciones precedentes se desprende que la Corte únicamente ha considerado la existencia de un perjuicio irremediable cuando se presenta una restricción desproporcionada a la libertad de la persona. En el presente caso se observa que el demandante acudió ante la Notaria, para hacer presentación personal y reconocimiento de la firma impr...