Auto Constitucional A 083/02
Fecha: 03-Jul-2002
2. El Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima al que le correspondió la demanda por reparto, mediante auto de 15 de abril de 2002 resolvió remitir las diligencias al Tribunal Superior de Ibagué –Sala Laboral-, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1382 de 2000, artículo 1º según el cual “...