PRIMERO.-
PRIMERO.- REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Medellín, el 25 de septiembre de 2012, dentro de la acción de tutela promovida por John Jairo Urrego Serna contra COMFENALCO EPS, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud, a la integridad física, a la vida digna y al debido proceso, que le asisten al actor.
- DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD-
- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD EN LA PRESTACION DEL SERVICIO DE SALUD-
- DERECHO A LA SALUD, A LA VIDA DIGNA Y AL DEBIDO PROCESO EN DESAFILIACION DE EPS-
- 1.
- 2. Respuesta de la entidad accionada
- 3. Decisión de única instancia
- 1. Competencia
- 2. Problema Jurídico y Esquema de Resolución
- 3. La protección constitucional del derecho fundamental a la salud
- 4. El principio de continuidad en la prestación del servicio de salud. Reiteración de jurisprudencia
- 5. El debido proceso para la desafiliación de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, por parte de las EPS. Prohibición legal para las EPS de alegar preexistencias
- 6. Análisis y resolución del caso en concreto
- PRIMERO.-
- SEGUNDO.-
- TERCERO.-
