Auto Constitucional A 063/15

Fecha: 03-Mar-2015

PRIMERO: DECRETAR COMO MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS que EMSSANAR E.P.S. entregue pañales desechables, crema humectante y paños húmedos al ciudadano Miguel Angel Larrahondo Fori, en forma periódica y suficiente, dependiendo de sus necesidades diarias, desde el momento de notificación del presente auto hasta la fecha en que esta Corpo...

Auto Constitucional A 064/15

Fecha: 03-Mar-2015

PRIMERO: DECRETAR COMO MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS que NUEVA E.P.S REGIONAL NORORIENTE entregue pañales desechables, crema humectante y paños húmedos al ciudadano Manuel Enrique Herrera Morales, en forma periódica y suficiente, dependiendo de sus necesidades diarias, desde el momento de notificación del presente auto hasta la fecha...

Auto Constitucional A 065/15

Fecha: 03-Mar-2015

PRIMERO: DECRETAR COMO MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS que CAPRECOM E.P.S.S entregue pañales desechables, crema humectante y paños húmedos al ciudadano Aristarco Romero García, en forma periódica y suficiente, dependiendo de sus necesidades diarias, desde el momento de notificación del presente auto hasta la fecha en que esta Corporaci...

Auto Constitucional A 066/15

Fecha: 03-Mar-2015

PRIMERO: DECRETAR COMO MEDIDA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS que NUEVA E.P.S REGIONAL PEREIRA entregue pañales desechables, crema humectante y paños húmedos al ciudadano Heraldo Antonio Rivillas Montoya, en forma periódica y suficiente, dependiendo de sus necesidades diarias, desde el momento de notificación del presente auto hasta la fecha ...

Auto Constitucional A 067/15

Fecha: 03-Mar-2015

En escrito recibido por la Secretaría General de esta Corporación el veinticuatro (24) de septiembre de 2013, el señor Rafael Eduardo Castro Barrios, quien obra como apoderado judicial del señor Jaime Enrique Camelo Daza, accionante en el proceso que dio origen a la sentencia de la referencia, solicitó a la Corte Constitucional aclarar el numeral s...

Auto Constitucional A 071/15

Fecha: 11-Mar-2015

En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad consagrada en los artículos 241 y 242 de la Constitución Política, el ciudadano Salvador Ramírez López demandó la inconstitucionalidad de la interpretación contenida en jurisprudencia del Consejo de Estado de la expresión “y el monto de la pensión de vejez” prevista en el inciso 2º del artíc...

Auto Constitucional A 072/15

Fecha: 11-Mar-2015

En el asunto bajo estudio le corresponde a la Sala Plena de esta Corporación determinar si las solicitudes nominadas como aclaración y complementación corresponden a un remedio procesal o si se trata de un nuevo recurso en contra del Auto 325 de 2014, por medio del cual se negó la solicitud de nulidad que presentó la nulicitante en contra de la Sen...

Auto Constitucional A 073/15

Fecha: 11-Mar-2015

La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, en auto del 8 de octubre de 2014, decidió remitir el expediente que contiene la acción de tutela presentada por el accionante “a la homóloga del Chocó para lo de su resorte”[3], por considerar que no tiene competencia territorial en tanto las decisiones acusadas ...

Auto Constitucional A 074/15

Fecha: 11-Mar-2015

2.1. Efectuado el reparto administrativo el asunto le fue asignado al Tribunal Superior de Medellín, Sala Penal, que en auto del 26 de agosto de 2014 decidió remitir el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín, por cuanto infirió que la solicitud de amparo constitucional guarda relación con las decisiones proferida...

Auto Constitucional A 075/15

Fecha: 11-Mar-2015

1.2.1. La acción de tutela fue presentada en el municipio de Villavicencio, y le correspondió por reparto su conocimiento al Juzgado Primero Laboral del Circuito de dicha ciudad, el cual, en providencia del 27 de enero de 2015, consideró que no era de su competencia asumir el estudio del caso, pues en virtud de lo previsto en el artículo 37 del Dec...

Auto Constitucional A 076/15

Fecha: 11-Mar-2015

2.1. Efectuado el reparto administrativo, el asunto le fue asignado al Juzgado de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santo Domingo Savio de Medellín, que en auto de 7 de octubre de 2014 decidió remitir el expediente a la oficina de apoyo judicial para que lo repartiera a los jueces civiles de circuito de oralidad de esa municipalidad, con ba...

Auto Constitucional A 077/15

Fecha: 11-Mar-2015

1.1. Conforme lo ha considerado en reiterada jurisprudencia, la Sala Plena de este tribunal puede conocer y dirimir los posibles conflictos de competencia que surjan en el trámite de la acción de tutela, en los casos en que las autoridades judiciales involucradas no cuenten con superior funcional común[6]. En este contexto, el expediente deberá ser...

Auto Constitucional A 079/15

Fecha: 11-Mar-2015

1.1. Conforme lo ha considerado en reiterada jurisprudencia, la Sala Plena de este tribunal puede conocer y dirimir los posibles conflictos de competencia que surjan en el trámite de la acción de tutela, en los casos en que las autoridades judiciales involucradas no cuenten con superior funcional común[3]. En este contexto, el expediente deberá ser...

Auto Constitucional A 080/15

Fecha: 11-Mar-2015

2.1. La acción de tutela fue presentada ante el Juez Civil Municipal de Facatativá, quién mediante Auto del 11 de noviembre de 2014[2], remitió las diligencias a los juzgados del circuito del municipio, al considerar que son los funcionarios competentes para conocer del amparo de acuerdo con el artículo 1º del Decreto 1382 de 2000, en tanto la Empr...

Auto Constitucional A 081/15

Fecha: 11-Mar-2015

[…] ARTÍCULO 24 APROBACIÓN JUDICIAL DE CONCILIACIONES EXTRAJUDICIALES EN MATERIA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Las actas que contengan conciliaciones extrajudiciales en materia de lo contencioso administrativo se remitirán a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes al de su celebración, al Juez o Corporación que fuere competente para c...

Auto Constitucional A 099/15

Fecha: 07-Abr-2015

Esta Corporación ha sostenido que su facultad para resolver conflictos de competencia en materia de tutela es de naturaleza residual, por lo que en principio sólo está llamada a operar cuando no existe un superior funcional común entre las autoridades judiciales involucradas. A juicio de este Tribunal, la citada competencia se fundamenta en el hech...

Auto Constitucional A 100/15

Fecha: 07-Abr-2015

1.3. El 26 de septiembre del mismo año la demanda de tutela fue remitida y repartida al Juzgado Segundo Penal para Adolescentes con función de Conocimiento de la misma ciudad. Por auto de esta fecha, este juzgado manifestó no compartir la consideración hecha por la Sala Constitucional del citado Tribunal. La razón de su disenso, que genera el confl...

Auto Constitucional A 101/15

Fecha: 07-Abr-2015

Realizado el reparto administrativo, el asunto fue asignado al Juzgado Cuarto Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Medellín. El titular del despacho en auto del 10 de septiembre de 2014, decidió declararse impedido para asumir el conocimiento de la solicitud de amparo, “en la medida en que las decisiones que habr...

Auto Constitucional A 102/15

Fecha: 07-Abr-2015

Esta Corporación ha sostenido que su facultad para resolver conflictos de competencia en materia de tutela es de naturaleza residual, por lo que en principio sólo está llamada a operar cuando no existe un superior funcional común entre las autoridades judiciales involucradas. A juicio de este Tribunal, la citada competencia se fundamenta en el hech...

Auto Constitucional A 103/15

Fecha: 07-Abr-2015

Efectuado el reparto administrativo, la solicitud de tutela fue asignada al Juzgado de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Santo Domingo Savio-Medellín, quien en auto del 7 de octubre de 2014, decidió remitir el expediente a la oficina de apoyo judicial a fin de que se repartiera entre los Juzgados Civiles del Circuito de Oralidad de la misma...