DICTAMEN 1/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

DICTAMEN 1/19

Fecha: 06-Oct-2021

Índice

I. Solicitud de dictamen

II. Marco jurídico

A. Directivas pertinentes relativas a la cooperación judicial en materia penal

B. Directivas pertinentes relativas a la política común de asilo

C. Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea

III. Convenio de Estambul y su firma por la Unión

A. Análisis del Convenio de Estambul

B. Propuestas de Decisiones de firma y de celebración del Convenio de Estambul

C. Decisión de firma 2017/865

D. Decisión de firma 2017/866

IV. Apreciaciones del Parlamento en su solicitud de dictamen

A. Sobre los hechos y el procedimiento

B. Sobre las bases jurídicas adecuadas para la celebración del Convenio de Estambul

C. Sobre la escisión en dos decisiones separadas de los actos de firma y de celebración del Convenio de Estambul

D. Sobre la práctica del «común acuerdo» de los Estados miembros

V. Resumen de las observaciones presentadas ante el Tribunal de Justicia

A. Sobre los hechos y el procedimiento

1. Sobre la firma y la ratificación del Convenio de Estambul por los Estados miembros

2. Sobre el procedimiento de firma del Convenio de Estambul en el seno del Consejo

3. Sobre el procedimiento de celebración del Convenio de Estambul en el seno del Consejo

B. Sobre la admisibilidad de la solicitud de dictamen

1. Sobre las bases jurídicas adecuadas para la celebración del Convenio de Estambul

2. Sobre la escisión de los actos de firma y de celebración del Convenio de Estambul en dos decisiones separadas

3. Sobre la práctica del «común acuerdo» de los Estados miembros

C. Sobre el fondo de la solicitud de dictamen

1. Sobre las bases jurídicas adecuadas para la celebración del Convenio de Estambul

a) Sobre una adhesión «amplia» o «limitada» de la Unión al Convenio de Estambul

b) Sobre los criterios para identificar las competencias de la Unión

c) Sobre la relación entre el Convenio de Estambul y el acervo de la Unión

d) Sobre el artículo 82TFUE, apartado2

e) Sobre el artículo 84TFUE

f) Sobre el artículo 78TFUE, apartado2

g) Sobre el artículo 83TFUE, apartado1

2. Sobre la escisión en dos decisiones separadas de los actos de firma y de celebración del Convenio de Estambul

3. Sobre la práctica del «común acuerdo» de los Estados miembros

a) Presentación de la práctica del «común acuerdo»

b) Sobre la compatibilidad de la práctica del «común acuerdo» con el artículo 13TUE, apartado 2, y con los artículos 2TFUE a 6TFUE y 218TFUE, apartados 2,6y8

c) Sobre la compatibilidad de la práctica del «común acuerdo» con los principios de atribución, de cooperación leal entre la Unión y sus Estados miembros y de unidad en la representación exterior de la Unión y con el Derecho internacional público

VI. Apreciación del Tribunal de Justicia

A. Sobre la admisibilidad de la solicitud de dictamen

B. Sobre la práctica del «común acuerdo» de los Estados miembros

C. Sobre las bases jurídicas adecuadas para la celebración del Convenio de Estambul

D. Sobre la escisión del acto de celebración del Convenio de Estambul en dos decisiones separadas

VII. Respuesta a la solicitud de dictamen

«Dictamen emitido con arreglo al artículo 218TFUE, apartado11— Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul)— Firma por la Unión Europea— Proyecto de celebración por la Unión— Concepto de “acuerdo previsto”, en el sentido del artículo 218TFUE, apartado11— Competencias externas de la Unión— Base jurídica material— Artículo 78TFUE, apartado2— Artículo 82TFUE, apartado2— Artículo 83TFUE, apartado1— Artículo 84TFUE— Artículo 336TFUE— Artículos 1 a 4bis del Protocolo (n.º21) sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia— Participación parcial de Irlanda en la celebración por la Unión del Convenio de Estambul— Posibilidad de escindir el acto de celebración de un acuerdo internacional en dos decisiones separadas en función de las bases jurídicas aplicables— Práctica del “común acuerdo”— Compatibilidad con el Tratado UE y el TratadoFUE»

En el procedimiento de dictamen1/19,

que tiene por objeto una solicitud de dictamen presentada, con arreglo al artículo 218TFUE, apartado 11, por el Parlamento Europeo el 9 de julio de2019,