ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 70/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 30 DE AGOSTO DE 2022. UNANIMIDAD DE ONCE VOTOS DE LOS MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, YAZMÍN ESQUIVEL MOSSA, LORETA ORTI
Fecha: 11-Nov-2022
Iii Realizar Actos De Dominio Previo Acuerdo De La Junta De Gobierno
"IV. Presentar a la aprobación de la Junta de Gobierno, el proyecto de Reglamento Interior, Manual de Organización, Manual de Procedimientos, Manual de Servicios al Público, Código de Conducta, y demás disposiciones administrativas que regulen la operación y el funcionamiento del Centro;
"V. Proponer a la Junta de Gobierno para su aprobación, las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera y selección mediante concurso abierto en igualdad de condiciones a su personal y con perspectiva de género;
"VI. Presentar a la Junta de Gobierno, durante el primer trimestre de su gestión para su aprobación, el proyecto de programa institucional que deberá contener al menos, metas, objetivos, recursos, indicadores de cumplimiento y deberá considerar las prioridades y lineamientos sectoriales;
"VII. Presentar a la Junta de Gobierno para su aprobación, el programa anual y el anteproyecto de presupuesto correspondiente, así como un informe de resultados respecto del ejercicio anterior. Tanto el programa anual como el informe deberán contener metas, objetivos, recursos e indicadores de cumplimiento;
"VIII. Someter a la Junta de Gobierno la cuenta pública del Centro, la cual deberá presentar ante el Congreso del Estado para su debida aprobación;
"IX. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno, el establecimiento, reubicación y cierre de oficinas en el territorio del Estado. El Reglamento Interior del Centro determinará el ámbito de actuación de tales oficinas;
"X. Definir las políticas de instrumentación de los sistemas de control que fueren necesarios, incorporando información estadística para la mejora de la gestión;
"XI. Proponer a la Junta de Gobierno la creación de comités de apoyo y, en su caso la participación y honorarios de profesionistas independientes en los mismos;
"XII. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que les competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial. El otorgamiento y validez de estos poderes, deberá seguir el procedimiento que establece la Ley de las Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala;
- I Antecedentes
- Artículo La Persona Titular De La Dirección General Deberá Cumplir Con Lo Siguiente
- Concepto De Invalidez La Accionante Argumenta En Síntesis Lo Siguiente
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causales De Improcedencia
- Vi Estudio
- A La Porción Normativa Genera Un Tratamiento Diferenciado
- B Finalidad Constitucionalmente Válida
- C Instrumentalidad De La Medida
- Artículo El Centro Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Ii Recibir Solicitudes De Conciliación De Las Y Los Trabajadores Yo Patrones Para Su Trámite
- Iv Expedir Las Constancias De No Conciliación
- Vi Coordinar Y Supervisar Las Oficinas Que Forman Parte Del Centro
- Xiii Establecer El Código De Conducta De Las Personas Servidoras Públicas Del Centro
- Ii Tener Por Lo Menos Treinta Años De Edad Cumplidos Al Día De La Designación
- Iv No Encontrarse En Ningún Supuesto De Conflicto De Intereses
- Viii No Ser Fedatario Público Salvo Que Solicite Licencia Y
- I Dirigir Técnica Y Administrativamente Las Actividades Del Centro
- Iii Realizar Actos De Dominio Previo Acuerdo De La Junta De Gobierno
- Xiii Sustituir Y Revocar Poderes Generales O Especiales
- No Permite Identificar Si La Sanción Administrativa Se Impuso Por Resolución Firme
- Vii Efectos
- I Declaración De Invalidez
- Ii Momento En El Que Surtirá Efectos La Declaración De Invalidez
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- Acuerdo De Catorce De Julio De Dos Mil Veintiuno Ibídem
- Disponible En El Expediente Electrónico De La Acción De Inconstitucionalidad
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Fallada El Veinticinco De Mayo De Dos Mil Veintiuno
- Todos Los Ciudadanos Deben Gozar De Los Siguientes Derechos Y Oportunidades
- C De Tener Acceso En Condiciones Generales De Igualdad A Las Funciones Públicas De Su País
- Derechos Políticos
- A Los Efectos De Este Convenio El Término Discriminación Comprende
- Ver Acción De Inconstitucionalidad Fallada El Veinte De Mayo De Dos Mil Veintiuno
- Artículo Loc Cit
- Artículo De La Ley Reglamentaria Las Sentencias Deberán Contener