ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 10/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 30 DE AGOSTO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: BRENDA MONTESINOS SOLANO.
Fecha: 17-Jun-2022
En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea.
El señor Ministro presidente Zaldívar Lelo de Larrea declaró que el asunto se resolvió en los términos precisados, dejando a salvo el derecho de las señoras Ministras y de los señores Ministros de formular los votos que consideren pertinentes.
Nota: Las ejecutorias relativas a las acciones de inconstitucionalidad 15/2007, 28/2019, 47/2019 y su acumulada 49/2019, 89/2020, 46/2019, 95/2020, 18/2018, 27/2018 y 20/2019 citadas en esta sentencia, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, octubre de 2007, página 2252; en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 12 de marzo de 2021 a las 10:15 horas; 26 de marzo de 2021 a las 10:29 horas; 28 de mayo de 2021 a las 10:33 horas; 10 de diciembre de 2021 a las 10:22 horas; 11 de junio de 2021 a las 10:17 horas; 14 de junio de 2019 a las 10:20 horas y 20 de agosto de 2021 a las 10:28 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 84, Tomo I, marzo de 2021, páginas 754 y 11; 1, Tomo I, mayo de 2021, página 445; 8, Tomo I, diciembre de 2021, página 221; 2, Tomo II, junio de 2021, página 1228; 67, Tomo I, junio de 2019, páginas 207 y 244, y 4, Tomo II, agosto de 2021, página 2268, con números de registro digital: 20461, 29703, 29724, 29820, 30287, 29845, 28744, 28745 y 30037, respectivamente.
La presente sentencia también aparece publicada en el Diario Oficial de la Federación de 22 de diciembre de 2021.
- Resultandos
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Jalpan De Serra
- A Transgresión Al Derecho A La Seguridad Jurídica Y Al Principio De Legalidad Tributaria
- B Vulneración Al Principio De Justicia Tributaria
- Considerandos
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- C El Cobro De Tributos A Título Particular Y
- Ley De Ingresos Del Municipio De Amealco De Bonfil Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Arroyo Seco Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Cadereyta De Montes Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Colón Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Artículo El Derecho De Alumbrado Público De Acuerdo A Lo Siguiente Causará Y Pagará
- Ingreso Anual Estimado Por Esta Fracción
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ezequiel Montes Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Huimilpan Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Jalpan De Serra Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ingreso Anual Estimado Por Este Artículo
- Del Servicio De Alumbrado Público
- Se Define El Valor De Los Coeficientes Así
- Ley De Ingresos Del Municipio De El Marqués Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Primeroes Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos