ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 10/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 30 DE AGOSTO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: BRENDA MONTESINOS SOLANO.
Fecha: 17-Jun-2022
En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa apartándose de las consideraciones, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando quinto, relativo al estudio de fondo, en su parte primera, consistente en declarar la invalidez de los artículos 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Amealco de Bonfil, 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Arroyo Seco, 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cadereyta de Montes, 27 de la Ley de Ingresos del Municipio de Colón, 25 de la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ezequiel Montes, 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Huimilpan y 26 de la Ley de Ingresos del Municipio de Jalpan de Serra, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2021, publicadas en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintitrés de diciembre de dos mil veinte. El señor Ministro Laynez Potisek votó en contra y anunció voto particular. Los señores Ministros Aguilar Morales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunciaron sendos votos concurrentes.
Se aprobó por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa únicamente por el argumento de la invasión de la competencia exclusiva del Congreso de la Unión, Franco González Salas, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat y Laynez Potisek, respecto del considerando quinto, relativo al estudio de fondo, en su parte segunda, consistente en declarar la invalidez del artículo 26, párrafo primero, en su porción normativa "en relación a que para su cobro se atienda a la firma del convenio con la Comisión Federal de Electricidad", de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2021, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintitrés de diciembre de dos mil veinte. Los señores Ministros Aguilar Morales, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea votaron en contra.
Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa únicamente por el argumento de la invasión de la competencia exclusiva del Congreso de la Unión, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando quinto, relativo al estudio de fondo, en su parte segunda, consistente, por una parte, en declarar la invalidez del artículo 26, fracciones VII, párrafos segundo y tercero, y IX, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2021, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintitrés de diciembre de dos mil veinte y, por otra parte, en declarar la invalidez, por extensión, del artículo 26, fracción VIII, párrafo primero, del referido ordenamiento legal. El señor Ministro Pérez Dayán votó en contra. Los señores Ministros Aguilar Morales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea anunciaron sendos votos concurrentes. Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del considerando sexto, relativo a los efectos, consistente en: 3) declarar la invalidez, por extensión, del artículo 26, fracción VIII, párrafo primero, de la Ley de Ingresos del Municipio de El Marqués, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2021, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintitrés de diciembre de dos mil veinte. El señor Ministro Pérez Dayán votó en contra.
- Resultandos
- Artículo De La Ley De Ingresos Del Municipio De Jalpan De Serra
- A Transgresión Al Derecho A La Seguridad Jurídica Y Al Principio De Legalidad Tributaria
- B Vulneración Al Principio De Justicia Tributaria
- Considerandos
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- C El Cobro De Tributos A Título Particular Y
- Ley De Ingresos Del Municipio De Amealco De Bonfil Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Arroyo Seco Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Cadereyta De Montes Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Colón Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Artículo El Derecho De Alumbrado Público De Acuerdo A Lo Siguiente Causará Y Pagará
- Ingreso Anual Estimado Por Esta Fracción
- Ley De Ingresos Del Municipio De Ezequiel Montes Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Huimilpan Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ley De Ingresos Del Municipio De Jalpan De Serra Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Ingreso Anual Estimado Por Este Artículo
- Del Servicio De Alumbrado Público
- Se Define El Valor De Los Coeficientes Así
- Ley De Ingresos Del Municipio De El Marqués Querétaro Para El Ejercicio Fiscal
- Primeroes Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo Son Obligaciones De Los Mexicanos