Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
"I. ...
"II. Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencia del Distrito Federal, y
"III. Por leyes o actos de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal."
4. "Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
"I. De las controversias constitucionales que, con excepción de las que se refieran a la materia electoral y a lo establecido en el artículo 46 de esta Constitución, se susciten entre:
- Considerando
- Quinto En Los Agravios La Recurrente Manifiesta En Esencia
- Sobre El Comercio Exterior
- G Producción Y Consumo De Cerveza
- Primerose Revoca La Sentencia Recurrida
- Artículo Los Tribunales De La Federación Resolverán Toda Controversia Que Se Suscite
- A La Federación Y Un Estado O El Distrito Federal
- I Iv
- Dichos Convenios Deberán Sujetarse Al Reglamento Que Al Efecto Expida El Ejecutivo Federal
- Ii La Prestación De Los Servicios Señalados En Esta Ley
