AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 635/99. INMOBILIARIA SAN MATEO 20, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 635/99. INMOBILIARIA SAN MATEO 20, S.A. DE C.V.

Fecha: 31-Dic-1982

Para Los Índices De Laspeyres Se Tiene

De lo transcrito se advierte que la referida fórmula constituye un número índice, construido con el fin de obtener un indicador que refleje la variación de los precios de un conjunto de artículos entre dos momentos en el tiempo.

Al efecto, debe tomarse en cuenta que la construcción de un indicador que refleje el movimiento de precios de una canasta de artículos presenta un grado de dificultad bastante mayor al que surge cuando el indicador se refiere a un solo bien lo que, sin embargo, no afecta la circunstancia de que el resultado que se obtenga de aplicar el respectivo indicador a determinados datos, siempre, por su exactitud matemática, será el mismo.

En el caso, el legislador ha constreñido al Banco de México a realizar cotizaciones en un mínimo de ciudades del país, con un número mínimo de habitantes, respecto de una canasta de productos y servicios, que cuando menos deben ser dos mil y representar a diversas ramas de la actividad económica, es decir, obliga a tal organismo autónomo a seguir un muestreo sobre una población, la totalidad de bienes y servicios que permita obtener datos representativos que reflejen en la mayor medida posible la variación del nivel general de precios.

Para tal fin, se obliga al Banco de México a dar un tratamiento específico a los datos que periódicamente obtiene, consistente en someterlos a un estadígrafo de tendencia central que permite conocer en qué porcentaje los precios varían en el tiempo, instrumento estadístico conocido como fórmula de Laspeyres que brinda la variación promedio ponderada de los precios de un determinado periodo respecto de los precios registrados en un diverso periodo base, y que consiste, básicamente, en el cociente que resulta de dividir el valor de una canasta de bienes y servicios en el periodo de investigación, tomando como constante el nivel de producción de éstos, entre el valor de esa misma cantidad de bienes y servicios conforme a los precios observados en un periodo base.