AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 635/99. INMOBILIARIA SAN MATEO 20, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 635/99. INMOBILIARIA SAN MATEO 20, S.A. DE C.V.

Fecha: 31-Dic-1982

Si Los Precios Relativos

"Donde Pn es el precio en el periodo dado y Po el precio en el periodo base, se ponderan por los valores del año base: Po qo, se obtiene la conocida fórmula de Laspeyres para precios (IPL), es decir:

"La sumatoria se extiende a todos los artículos considerados en el índice. Como en todo promedio aritmético, se divide por la suma de las ponderaciones. Un índice de precios de Laspeyres debe interpretarse como el nivel que alcanzan los precios en un año dado, respecto de un año base al que se asigna el valor 100, considerando las mismas cantidades del año base en ambos periodos; en otras palabras, se trata de percibir la variación en los precios de una canasta de productos elegidos en el año base y que permanece inalterada durante los periodos sucesivos. Este índice, por lo tanto, tiene un significado bien concreto. El supuesto de que la canasta de productos realmente no registre variación significativa, es otro problema; es el analista quien deberá determinar si el supuesto se cumple o no, y por lo tanto, juzgar la conveniencia de utilizar un índice de Laspeyres.

"Por otra parte, si los precios relativos Pn/Po, se ponderan por valores híbridos: Po qn se tiene el índice de precios de Paasche (IPP), que también se utiliza con frecuencia:

"Obsérvese que ahora los precios están multiplicados por las cantidades del año que se calcula (qn). Por este hecho un índice de precios de Paasche debe interpretarse como la variación de los precios de un conjunto de productos, suponiendo constantes las cantidades del año dado; en otros términos, la canasta de productos que se considera, es la del periodo que se calcula y se toma esta misma canasta para el año base. ...