AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 22/2004. COMUNICABLE, S.A.
Fecha: 20-Jul-1992
E Que Se Destruya Ordene O Permita La Destrucción Total O Parcial De La Contabilidad
"f) Que se microfilmen o graben en discos ópticos o en cualquier otro medio que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general, documentación o información para efectos fiscales sin cumplir con los requisitos que establecen las disposiciones relativas. El agravante procederá sin perjuicio de que los documentos microfilmados o grabados en discos ópticos o en cualquier otro medio de los autorizados, en contravención de las disposiciones fiscales, carezcan de valor probatorio.
"g) Divulgar, hacer uso personal o indebido de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte su posición competitiva, a que se refieren los artículos 46, fracción IV y 48, fracción VII de este código.
"III. Se considera también agravante, la omisión en el entero de contribuciones que se hayan retenido o recaudado de los contribuyentes.
- Tercero En El Escrito De Revisión La Recurrente Expresó Como Agravios Los Siguientes Argumentos
- Sirve De Apoyo A Lo Antes Expuesto El Criterio Jurisprudencial Que A Continuación Se Transcribe
- A Que Se Haga Uso De Documentos Falsos O En Los Que Hagan Constar Operaciones Inexistentes
- E Que Se Destruya Ordene O Permita La Destrucción Total O Parcial De La Contabilidad
- Iv Igualmente Es Agravante El Que La Comisión De La Infracción Sea En Forma Continuada
- Similar Criterio Sustentan Las Jurisprudencias Que A Continuación Se Transcriben
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Primero Procedencia
- Tercero El Tribunal Pleno De La Suprema Corte De Justicia Conservará Para Su Resolución
- Único Se Desecha El Presente Recurso De Revisión