AMPARO DIRECTO EN REVISION 1062/94. COMPAÑIA MEXICANA TEXTIL, S.A. DE C.V. 29 DE MAYO DE 1995. PONENTE: JOSE DE JESUS GUDIÑO PELAYO.
Fecha: 29-May-1995
Primero Se Confirma La Sentencia Recurrida
SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a Compañía Mexicana Textil, S. A. de C. V., respecto del acto reclamado a la Sexta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Fiscal de la Federación, consistente en la sentencia dictada el siete de julio de mil novecientos noventa y tres, en el expediente fiscal 2716/93.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos al Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y en su oportunidad archívese el toca como asunto concluido.
Así, lo aprobó el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de nueve votos de los ministros: Aguirre Anguiano, Azuela Güitrón, Castro y Castro, Díaz Romero, Góngora Pimentel, Gudiño Pelayo, Román Palacios, Sánchez Cordero y Aguinaco Alemán. El ministro Góngora Pimentel sugirió que se publique en el Semanario Judicial de la Federación la parte considerativa. No asistieron los ministros Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Juan N. Silva Meza, en virtud de la licencia que el Tribunal Pleno les concedió en términos de su acuerdo de veinte de abril último. Fue ponente el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.
- Tercero El Agravio Expresado Por La Autoridad Recurrente Es Esencialmente Fundado
- A Su Vez El Artículo Fracción Iii Del Ordenamiento En Consulta Establece Lo Siguiente
- El Diputado Múgica Formuló La Siguiente Observación
- El Propio Diputado Múgica Expone Más Adelante
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- C Una Multa Puede Ser Excesiva Para Unos Moderada Para Otros Y Leve Para Muchos
- Similar Criterio Sostuvo El Tribunal Pleno Al Resolver Entre Otros Los Siguientes Asuntos
- Amparo Directo En Revisión Franko Sa De Abril De Mayoría De Votos
- Primero Se Confirma La Sentencia Recurrida