AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1002/2004. DIAGEO MÉXICO COMERCIALIZADORA, S.A. DE C.V. (ANTES GUINNESS UDV MÉXICO, S.A. DE C.V.).
Fecha: 21-Jun-1999
Artículo
"Las autoridades fiscales no resolverán las consultas efectuadas por los particulares cuando las mismas versen sobre la interpretación o aplicación directa de la Constitución. En estos casos, no procederá la negativa ficta a que se refiere el primer párrafo del artículo 37 de este código."
"Artículo 37. Las instancias o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en un plazo de tres meses; transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, el interesado podrá considerar que la autoridad resolvió negativamente e interponer los medios de defensa en cualquier tiempo posterior a dicho plazo, mientras no se dicte la resolución, o bien, esperar a que ésta se dicte. ..."
- Considerando
- La Presentación Oportuna Del Recurso
- Se Solicita La Confirmación De Criterio Que Se Indica
- Antecedentes
- Consideraciones De Derecho
- A En Contraprestación De Un Servicio Público Particular
- C En La Prestación Del Servicio Como Cuando Le Es Impuesto Por Una Ley
- Anexo Copia Certificada De La Cédula De Identificación Fiscal
- Por Lo Antes Expuesto
- Representante Legal De Guinness Udv México Sa De Cv
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Artículo La Demanda De Amparo Deberá Formularse Por Escrito En La Que Se Expresarán
- Para Ilustrar Las Anteriores Precisiones Resulta Conveniente Citar Los Siguientes Criterios
- Que Esa Aplicación De La Ley Cause Perjuicio Directo Y Actual A La Esfera Jurídica Del Gobernado
- Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Fiscal Y Administrativa
- Artículo
- Artículo El Demandante Deberá Adjuntar A Su Demanda
- I Cuando Se Impugne Una Negativa Ficta
- De La Interpretación Relacionada De Los Artículos Transcritos Se Desprende Lo Siguiente
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida
- Tercerose Declara Sin Materia La Revisión Adhesiva A Que Este Toca Se Refiere