AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1442/2007. MIGUEL ÁNGEL PALACIOS CONSTANTINO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1442/2007. MIGUEL ÁNGEL PALACIOS CONSTANTINO.

Fecha: 05-Ene-2005

B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores

"...

"IX. Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley.

"En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley. ..."

El marco constitucional al que está sujeto el legislador estatal para expedir las leyes del trabajo se encuentra contenido además del artículo 123 que se acaba de transcribir en los artículos 73, 115, 116 y 124 de la Constitución, cuyo texto en su parte conducente es del siguiente tenor: