DERECHOS HUMANOS. SU ESTUDIO A PARTIR DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 1o. CONSTITUCIONAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011, NO IMPLICA NECESARIAMENTE QUE SE ACUDA A LOS PREVISTOS EN INSTRUMENTOS INTERNACIONALES, SI RES
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DERECHOS HUMANOS. SU ESTUDIO A PARTIR DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 1o. CONSTITUCIONAL, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE JUNIO DE 2011, NO IMPLICA NECESARIAMENTE QUE SE ACUDA A LOS PREVISTOS EN INSTRUMENTOS INTERNACIONALES, SI RES

Fecha: 10-Jun-2011

La Sentencia Recurrida Es Violatoria De Los Artículos O Y De La Carta Magna

5. La confirmación del desechamiento de la demanda de nulidad se fundó precisamente en el artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pero que eso quebranta el principio de exacta aplicación de la ley porque dicho numeral es inconstitucional. Desde esa instancia, se negó que exista acto administrativo debidamente notificado.