Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2123/2012. 29 DE AGOSTO DE 2012. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS. AUSENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. PONENTE: SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO. SECRETARIA: ARMIDA BUENROSTRO MARTÍNEZ.
Fecha: 29-Ago-2012
Artículo Procede El Recurso De Revisión
"...
"V. Contra las resoluciones que en materia de amparo directo pronuncien los Tribunales Colegiados de Circuito, cuando decidan sobre la constitucionalidad de leyes federales o locales, tratados internacionales, reglamentos expedidos por el presidente de la República de acuerdo con la fracción I del artículo 89 constitucional y reglamentos de leyes locales expedidos por los gobernadores de los Estados, o cuando establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución.
"La materia del recurso se limitará, exclusivamente, a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras."
- Considerando
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Primero Procedencia
- A Exista Jurisprudencia Sobre El Tema De Constitucionalidad Planteado
- C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente
- Que El Promovente Tenga Legitimación Procesal
- El Oficio Mencionado En El Punto Anterior Es Del Siguiente Contenido
- Del Contenido Del Escrito De Agravios Se Tiene Que El Recurrente Aduce En Síntesis
- Xiii Seguro Por Riesgo Del Trabajo
- Ii Las Modificaciones De Los Sueldos Sujetos A Descuentos
- Ii El Para Constituir Y Operar El Fondo De La Vivienda
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Fue Ponente El Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano