PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN MÁS FAVORABLE A LA PERSONA. SU CUMPLIMIENTO NO IMPLICA QUE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES NACIONALES, AL EJERCER SU FUNCIÓN, DEJEN DE OBSERVAR LOS DIVERSOS PRINCIPIOS Y RESTRICCIONES QUE PREVÉ LA NORMA FUNDAMENTAL.
Fecha: 23-May-2014
Artículo Son Atribuciones De La Procuraduría Agraria Las Siguientes
"I. Coadyuvar y en su caso representar a las personas a que se refiere el artículo anterior, en asuntos y ante autoridades agrarias;
"II. Asesorar sobre las consultas jurídicas planteadas por las personas a que se refiere el artículo anterior en sus relaciones con terceros que tengan que ver con la aplicación de esta ley;
"III. Promover y procurar la conciliación de intereses entre las personas a que se refiere el artículo anterior, en casos controvertidos que se relacionen con la normatividad agraria;
"IV. Prevenir y denunciar ante la autoridad competente, la violación de las leyes agrarias, para hacer respetar el derecho de sus asistidos e instar a las autoridades agrarias a la realización de funciones a su cargo y emitir las recomendaciones que considere pertinentes;
- Considerando
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Primero Procedencia
- A Exista Jurisprudencia Sobre El Tema De Constitucionalidad Planteado
- C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente
- Que El Promovente Tenga Legitimación Procesal
- Tercero Agravios Los Recurrentes Sostienen En Sus Agravios Lo Que A Continuación Se Transcribe
- C Sobre La Nulidad De Resoluciones Emitidas Por Autoridades En Materia Agraria
- Artículo Son Atribuciones De La Procuraduría Agraria Las Siguientes
- V Estudiar Y Proponer Medidas Encaminadas A Fortalecer La Seguridad Jurídica En El Campo
- Xi Las Demás Que Esta Ley Sus Reglamentos Y Otras Leyes Le Señalen
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida
- Fue Ponente El Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano