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Fecha: 26-Ago-2016
Iii Competencia Y Oportunidad
17. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es constitucional y legalmente competente para conocer del presente recurso de revisión, en términos de lo dispuesto por los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 81, fracción II, de la Ley de Amparo vigente y 21, fracción III, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, en relación con los puntos primero y tercero del Acuerdo General Plenario Número 5/2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiuno de mayo de dos mil trece, en virtud de haberse interpuesto en contra de la sentencia dictada por un Tribunal Colegiado de Circuito en un juicio de amparo directo.
18. El recurso de revisión fue interpuesto oportunamente, pues la sentencia se notificó a las partes por medio de lista el once de diciembre de dos mil catorce,(9) surtiendo efectos dicha notificación al día hábil siguiente, es decir, el doce de diciembre. El plazo de diez días que el artículo 86 de la Ley de Amparo concede para interponer el recurso de revisión, corrió del lunes quince al lunes veintinueve de diciembre del mismo año, descontando los días trece, catorce, veinte, veintiuno, veinticinco, veintisiete y veintiocho, por ser inhábiles, en términos de los artículos 19 de la Ley de Amparo vigente, 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General 18/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
19. En esas condiciones, al haber sido presentado el recurso de revisión el veintinueve de diciembre de dos mil catorce ante el órgano colegiado que conoció del amparo directo, puede concluirse que su interposición fue oportuna.
- Iii Competencia Y Oportunidad
- Iv Cuestiones Necesarias Para Resolver El Asunto
- Agravios El Recurso De Revisión Contiene Los Siguientes Motivos De Inconformidad
- V Procedencia
- Vi Consideraciones Y Fundamentos
- Cuál Es El Origen De La Institución Jurídica De Los Alimentos
- Primera Cuestión Cuál Es El Origen De La Institución Jurídica De Los Alimentos
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- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
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