AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4170/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4170/2022

Fecha: 30-Nov-2022

De lo resuelto por el tribunal colegiado se obtiene que no realizó un pronunciamiento de constitucionalidad, sino que interpretó el artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en un ámbito de legalidad, por lo que, en principio, esta Segunda Sala advierte que en el caso no subsiste una cuestión propiamente constitucional, y tampoco se aprecia que se haya realizado la interpretación de un artículo constitucional, un tratado internacional y, si bien se omitió estudiar el argumento de constitucionalidad propuesto, esa decisión no fue impugnada por la quejosa.

  1. En el apartado del ocurso de agravios donde la autoridad razona la procedencia del medio de defensa, refiere que en el caso se actualizan dos circunstancias por las cuales esta Segunda Sala debe declarar procedente el recurso de revisión.
  2. La autoridad recurrente sostiene que el recurso es procedente porque I) en el caso se realizó una interpretación conforme que resulta contraria a la Constitución Federal y que II) la sentencia recurrida es contraria a un precedente emitido por esta Segunda Sala, en específico el pronunciado en el amparo directo en revisión 5053/2018 .
  3. Esta Segunda Sala abordará los dos planteamientos enunciados en el párrafo que precede para verificar si asiste la razón a la autoridad recurrente y, por ende, debe estimarse procedente el medio de defensa.