AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2025/2022. SAMAY PROVEEDORA, S.A.P.I. DE C.V. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. DISIDENTE: LORETTA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2025/2022. SAMAY PROVEEDORA, S.A.P.I. DE C.V. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. DISIDENTE: LORETTA

Fecha: 23-Sep-2022

Dirección De Procedimientos

"Las unidades, las subprocuradurías, las subtesorerías y las direcciones generales, estarán integradas por los jefes de Unidad, subprocuradores, subtesoreros, directores generales, secretarios técnicos, directores generales adjuntos, directores, subdirectores, jefes de departamento, de oficina, de sección y de mesa, por los coordinadores, supervisores, auditores, ayudantes de auditor y por los demás servidores públicos que señale este reglamento, así como por el personal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio."

17. "Artículo 72. Compete a la Subprocuraduría Fiscal Federal de Amparos: I. Representar a la secretaría ante los Tribunales de la República y ante las demás autoridades en las que dicha representación no corresponda a la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones o a otra unidad administrativa de la secretaría, así como en los casos a que se refiere el tercer párrafo del artículo 10 de este reglamento; ...

"VI. Representar el interés de la Federación en controversias fiscales; a la secretaría y a las autoridades dependientes de la misma en toda clase de juicios, investigaciones o procedimientos ante los tribunales de la República, ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y ante otras autoridades competentes, en que sea parte, o cuando sin ser parte, sea requerida su intervención por la autoridad que conoce del juicio o procedimiento, o tenga interés para intervenir conforme a sus atribuciones; y, en su caso, poner en conocimiento del órgano interno de control en la secretaría, los hechos respectivos; ejercitar los derechos, acciones, excepciones y defensas de las que sean titulares, transigir cuando así convenga a los intereses de la secretaría, e interponer los recursos que procedan ante los citados tribunales y autoridades, siempre que dicha representación no corresponda a otra unidad administrativa de la propia Secretaría o al Ministerio Público Federal y, en su caso, proporcionarle los elementos que sean necesarios."