AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2025/2022. SAMAY PROVEEDORA, S.A.P.I. DE C.V. 13 DE JULIO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. DISIDENTE: LORETTA
Fecha: 23-Sep-2022
Iii Legitimación
14. Esta Suprema Corte considera que el secretario de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de autoridad tercero interesada cuenta con la legitimación necesaria para interponer el recurso de revisión, pues está probado que dicho carácter se le reconoció en el juicio de amparo directo 266/2021, mediante auto de veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.
15. Asimismo, Juan Carlos Pinson Guerra, en su carácter de director general de Asuntos Contenciosos y Procedimientos, quien firma el recurso por ausencia de los directores generales de Amparos contra Leyes y de Amparos contra Actos Administrativos, en suplencia por ausencia del subprocurador fiscal federal de Amparos en representación del secretario de Hacienda y Crédito Público, todos de la Procuraduría Fiscal de la Federación, cuenta con facultad para interponerlo con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, apartado B, fracción XXVIII, incisos a), b) y c), penúltimo párrafo;(16) 72, fracciones I y VI;(17) 75, fracción I,(18) y 105, octavo y décimo noveno párrafos(19) del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
16. Por lo que hace a la legitimación, así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos; en esas condiciones, este apartado resulta vinculante al constituir precedente obligatorio.
16. Por lo que hace a la legitimación, así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos; en esas condiciones, este apartado resulta vinculante al constituir precedente obligatorio.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite
- Ii Oportunidad
- Iii Legitimación
- Iv Estudio De Procedencia Del Recurso
- A Que Subsista El Problema De Constitucionalidad De Leyes
- V Estudio De Fondo
- Son Ilustrativas En Lo Conducente Las Tesis Jurisprudenciales Que Llevan Por Rubro Y Texto
- Reformado Dof De Diciembre De
- B Catálogo General De Obligaciones
- C Facultades De La Autoridad Fiscal
- Reformado Dof De Enero De
- X Inicio De Liquidación
- Presentación De Avisos En El Rfc
- Haber Presentado La Declaración Anual Por Terminación Anticipada Del Ejercicio
- Contar Con Efirma De La Persona Moral A Cancelar Y Del Liquidador
- Contar Con Buzón Tributario Activo
- A Partir De Su Contenido Es Posible Desprender Lo Siguiente
- B Habrá Un Ejercicio Fiscal Por El Tiempo Que La Persona Moral Esté En Liquidación Y
- Adicionada N De E Con Sus Incisos Y Párrafo Dof De Diciembre De
- N De E Pertenece A La Fracción Ix Dof De Diciembre De
- Vi Decisión
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Auto De Diez De Junio De Dos Mil Veintidós
- Artículo Las Notificaciones Surtirán Sus Efectos Conforme A Las Siguientes Reglas
- Dirección De Procedimientos
- Artículo Compete A La Dirección General De Asuntos Contenciosos Y Procedimientos
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Las Facultades Y Obligaciones Del Presidente Son Las Siguientes
- Reformada Dof De Diciembre De