AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1857/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1857/2023

Fecha: 25-Oct-2023

DIVORCIO. LA ACCIÓN PARA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN DE HASTA EL 50% DEL VALOR DE LOS BIENES QUE SE ADQUIRIERON DURANTE EL MATRIMONIO PUEDE EJERCERSE EN LA DEMANDA DE DIVORCIO O DE FORMA AUTÓNOMA (ARTÍCULO 342-A, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO)

Además, refirió que el acto reclamado violentó sus derechos fundamentales al apoyar su determinación en la tesis aislada de rubro: , pues dicho criterio hace referencia al momento en que puede demandarse la compensación.

I.2.4. En apoyo a lo anterior, el quejoso adujo que la Sala responsable no tomó en cuenta las reglas de distribución de cargas probatorias de acuerdo con la legislación procesal civil para el Estado de Guanajuato.