Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1965/2023
Fecha: 11-Oct-2023
IV. LEGITIMACIÓN
- En cuanto a la revisión principal. El recurso de revisión fue interpuesto por la parte actora en el juicio de origen por conducto de su apoderado . Parte quejosa en el juicio de amparo directo de donde deriva el recurso de revisión que se examina, por tanto, se trata de una parte legitimada y representada de conformidad con los artículos 5º, fracción I, 6º y 11 de la Ley de Amparo .
- En cuanto a las revisiones adhesivas. Las adhesiones fueron formuladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por la Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal “1”, autoridades que tienen el carácter de terceros interesados en el juicio de amparo de donde deriva el recurso de revisión que ahora se examina, en términos del artículo 5º, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo , por lo que esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que la adhesión fue interpuesta por parte legitimada.
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