AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5681/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5681/2022

Fecha: 15-Mar-2023

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos. En diferentes momentos se iniciaron averiguaciones previas relacionadas con dos distintos delitos de secuestro.

Dentro de una de esas indagatorias fue presentado el señor ********** por parte de la policía, quien confesó los hechos atribuidos y realizó imputaciones en contra de otras personas.

Dado que esa persona se encontraba en las instalaciones del ministerio público y fue relacionado con la segunda indagatoria, también fue presentada a esa diversa investigación, en donde igualmente reconoció los hechos propios imputados en ese expediente y se los atribuyó a otras personas, entre ellas, a la señora **********

Derivado de lo anterior se iniciaron dos causas penales por la comisión de esos delitos de secuestro y posteriormente fueron acumuladas. A la señora ********** solo se atribuyó la comisión del segundo de esos delitos.

Instruido un procedimiento tradicional, murió el coinculpado, señor ********** . Posteriormente se dictó sentencia absolutoria en favor de la acusada porque se consideraron nulas varias de las pruebas aportadas durante la investigación.

Esa resolución fue apelada por la víctima indirecta en el segundo asunto y por el ministerio público, pero fue confirmada por el tribunal de alzada.

Inconforme, la citada víctima indirecta promovió un juicio de amparo directo, el cual le fue concedido para que se considerara válida la confesión que el citado coinculpado rindió cuando fue presentado en la segunda investigación porque cumplió los requisitos legales de acuerdo con un precedente de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero se debería verificar si estuvo asistido de defensor que contara con título, asimismo, para que la responsable se pronunciara sobre todos los agravios que la víctima indirecta hizo valer en el recurso de apelación.

Inconforme, la señora ********** , quien resultó absuelta en las dos instancias, interpuso recurso de revisión.