AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5681/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5681/2022

Fecha: 15-Mar-2023

VI. DECISIÓN

  1. En atención a lo expuesto, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que lo procedente es que en la materia de la revisión se revoque la sentencia impugnada y se devuelvan los autos relativos al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito.
  2. Lo anterior, con el fin de que dicho órgano jurisdiccional, de acuerdo con los lineamientos trazados en esta ejecutoria determine que la confesión ministerial del coinculpado **********, en la que atribuyó hechos delictivos a la señora**********, fue arrancada bajo tortura , por lo que constituye una prueba ilícita que carece de todo valor probatorio, y resuelva como proceda el juicio de amparo.

En consecuencia, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,