ÍNDICE TEMÁTICO
TEMA: Determinar si el artículo primero transitorio del Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de febrero de dos mil dieciocho, es consistente con los derechos de igualdad y de irretroactividad de la ley previstos en los artículos 1 y 14 de la Constitución Federal.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 570/2024
quejosA Y RECURRENTE: alimentos sello rojo, sociedad anónima de capital variable
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
COTEJÓ
SECRETARIA: IVETH LÓPEZ VERGARA
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al día catorce de agosto de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve el amparo directo en revisión 570/2024, interpuesto por Alimentos Sello Rojo, sociedad anónima de capital variable, en contra de la sentencia de trece de octubre de dos mil veintitrés dictada en el juicio de amparo 245/2022 del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito.
El problema que esta Segunda Sala debe resolver consiste en determinar si el artículo primero transitorio del Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de febrero de dos mil dieciocho, es consistente con los derechos de igualdad y de irretroactividad de la ley previstos en los artículos 1 y 14 de la Constitución Federal.
- Encabezado
- ÍNDICE TEMÁTICO
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- I. COMPETENCIA
- II. OPORTUNIDAD
- III. LEGITIMACIÓN
- IV. ELEMENTOS QUE INTEGRAN LA LITIS EN EL RECURSO
- V. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN
- "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. ASPECTOS QUE DEBEN CONCURRIR PARA SU PROCEDENCIA CUANDO EN VÍA DE AGRAVIOS SE PLANTEA EL ANÁLISIS DE CONSTITUCIONALIDAD DE UNA NORMA GENERAL APLICADA POR PRIMERA VEZ, EN LA SENTENCIA DICTADA POR EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO" [10] .
- VI. ESTUDIO DE FONDO
- VII. DECISIÓN
