AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5919/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5919/2024

Fecha: 25-Sep-2024

I. COMPETENCIA

  1. La Segunda Sala de la SCJN es competente para conocer de este amparo directo en revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la CPEUM; 81, fracción II, y 96 de la Ley de Amparo; y 21, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el siete de junio de dos mil veintiuno y los Puntos Primero y Tercero del Acuerdo General Plenario 1/2023, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, modificado mediante instrumento normativo el diez de abril siguiente, por tratarse de un asunto de naturaleza administrativa, competencia de esta Segunda Sala, sin que se considere necesaria la intervención del Tribunal Pleno.