AMPARO DIRECTO 232/2004.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 232/2004.

Fecha: 01-Ene-1917

Lo Anterior Es Así En Atención A Lo Siguiente

Del análisis efectuado a los autos, se advierte que el quejoso interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia condenatoria de primer grado. Derivado de lo anterior, en auto de once de diciembre de dos mil tres, dictado dentro del toca número 786-C-2P01/2003 (foja 3), el Magistrado presidente de la Sala responsable proveyó sobre la admisión del medio impugnativo referido y señaló las doce horas del quince de enero de dos mil cuatro, para que tuviera verificativo la audiencia de vista contemplada en el artículo 392 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas, designándose como defensor del apelante el social de su adscripción, lo cual fue notificado tanto al agente del Ministerio Público como a dicho defensor (foja 4).

Por escrito presentado ante la ad quem el doce de enero de dos mil cuatro, el quejoso nombró como su defensor particular ante esa instancia a ... (foja 13); por auto de trece siguiente, sin revocar el nombramiento del defensor público, pues el particular carecía de cédula profesional, la Sala acordó de conformidad tal petición y ordenó se notificara personalmente a aquél sobre el cargo conferido.

Con motivo de lo anterior y en virtud de que aún transcurría el plazo que se le dio a la persona antes mencionada para que aceptara el cargo de defensor otorgado por el quejoso, la Sala responsable difirió la audiencia de vista para las once horas del treinta de enero siguiente (foja 20).

Por auto de diecinueve de enero de dos mil cuatro, se le tuvo como defensor particular del quejoso a ... quien en tal data compareció a aceptar el cargo conferido (foja 21).