Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 363/2007. LUIS IRINEO RAMOS LÓPEZ.
Fecha: 01-Ene-1917
El Amparo Se Concede Para Los Efectos Precisados En La Parte Final Del Considerando Que Antecede
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a su lugar de origen; háganse las anotaciones correspondientes y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados Enrique Cerdán Lira, José Luis Torres Lagunas y Daniel Cabello González, siendo ponente el segundo de los nombrados.
- Octavo En Una Parte Son Inoperantes E Infundados Los Conceptos De Violación Y En Otra Fundados
- Nota Lo Resaltado Con Negritas Se Destaca Por El Relator
- Respecto A La Inspección Ordenada En Segundo Término Al Actuario Se Le Manifestó
- En Cuanto A La Precisada En Tercer Lugar Se Le Expresó
- En Efecto El Texto De La Misma Dice
- Nota La Letra Negrita Es Destacada Por El Relator
- En Efecto De Autos Se Desprende Que Al Reclamar Los Salarios Retenidos El Actor Señaló
- La Junta Al Resolver Los Salarios Retenidos Al Efecto Estableció
- Nota Lo Resaltado En Negritas Se Destaca Por El Relator
- El Amparo Se Concede Para Los Efectos Precisados En La Parte Final Del Considerando Que Antecede