AMPARO DIRECTO 363/2007. LUIS IRINEO RAMOS LÓPEZ.
Fecha: 01-Ene-1917
La Junta Al Resolver Los Salarios Retenidos Al Efecto Estableció
"... se desprende que sí cumple con la carga procesal al favorecerle las documentales consistentes en una serie de recibos de pago semanal, de los cuales se advierte que le fueron cubiertos los salarios retenidos que demanda con motivo de la ampliación de demanda; probanzas a las que se les otorga valor probatorio pleno, en virtud de que se encuentran debidamente signadas por el accionante, pues si bien es cierto que fueron objetados por la contraparte en el sentido de que la firma que los calza no correspondía al actor, también es verdad que no acreditó en autos sus objeciones, ya que al haber ofrecido la prueba pericial calígrafa y grafoscópica, la misma no le beneficia y por los motivos y razonamientos que han quedado transcritos en el considerando cuarto; en tal virtud, se absuelve a los demandados del pago de los salarios retenidos que le reclama en el presente juicio. Ahora bien, por lo que respecta a los salarios retenidos de los días nueve, diez y once de mayo del año dos mil cuatro, este tribunal considera pertinente condenar a los demandados de mérito, toda vez que al producir contestación al libelo reclamatorio señalan que se encuentran a disposición del actor, y la base para su pago será la cantidad de $336.81 (trescientos treinta y seis pesos con ochenta y un centavos) semanales ..."
- Octavo En Una Parte Son Inoperantes E Infundados Los Conceptos De Violación Y En Otra Fundados
- Nota Lo Resaltado Con Negritas Se Destaca Por El Relator
- Respecto A La Inspección Ordenada En Segundo Término Al Actuario Se Le Manifestó
- En Cuanto A La Precisada En Tercer Lugar Se Le Expresó
- En Efecto El Texto De La Misma Dice
- Nota La Letra Negrita Es Destacada Por El Relator
- En Efecto De Autos Se Desprende Que Al Reclamar Los Salarios Retenidos El Actor Señaló
- La Junta Al Resolver Los Salarios Retenidos Al Efecto Estableció
- Nota Lo Resaltado En Negritas Se Destaca Por El Relator
- El Amparo Se Concede Para Los Efectos Precisados En La Parte Final Del Considerando Que Antecede