Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 721/2005. ROBERTO REGINO MENDOZA.
Fecha: 07-Oct-1966
Notifíquese Personalmente A Las Partes
Así, por unanimidad, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados presidente Abraham Calderón Díaz, Alfredo Gómez Molina y Victorino Rojas Rivera, siendo ponente el tercero de los nombrados, quien formulará voto de salvedad por separado.
- Considerando
- El Instituto Contestó La Demanda Donde Negó La Procedencia De La Acción Y Del Derecho
- Artículo Tendrán Derecho A Recibir La Indemnización En Los Casos De Muerte
- Para Tal Fin Se Establecen Las Normas Siguientes
- Cláusula Jubilaciones Y Pensiones
- A Atañe A Grupos Sociales Que Se Inspiran En La Escuela Sociológica
- D Procura La Solución Pacífica De Los Conflictos De Intereses Colectivos
- Ley Federal Del Trabajo
- Artículo O El Varón Y La Mujer Son Iguales Ante La Ley
- Vii Para Trabajo Igual Debe Corresponder Salario Igual Sin Tener En Cuenta Sexo Ni Nacionalidad
- Dicte Otro En El Que
- Notifíquese Personalmente A Las Partes