Cd Victoria Tam A Trece De Mayo De Dos Mil Nueve
"Vistos los autos del expediente administrativo laboral No. ********** promovido por ********** en contra de **********, por concepto de indemnización constitucional y otros conceptos laborales; y visto en forma especial el escrito de fecha 28 de agosto de 2008, firmado por la C. ********** y signado por el C. ********** quien tiene el carácter de parte actora como lo menciona en el referido escrito y que se trata de una diversa persona a la signante, por lo que del contenido del mismo, esta junta dicta el siguiente:
"Acuerdo. Se tiene por recibido el escrito de referencia, procediendo de cuenta inmediata esta autoridad agregarlo a los autos sin que surta efecto alguno a la solicitud con la que pretende hacer llegar a esta autoridad, tomando en consideración de que se trata de diversa persona que dirige y signa el mismo, existiendo con ello confusión a lo que pretende hacer valer con el referido escrito, por lo que agréguese a los autos los mismos, para que surtan los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese y cúmplase.
"Así lo acordó y firma la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado. Doy fe.
- Considerando
- Adolfo López Mateos Colonia Unidad Habitacional Fidel Velásquez En Esta Ciudad Cp
- H Junta Especial Número Dos De La Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado
- C Gloria Torres García Firma Ilegible Foja
- Cd Victoria Tam A Trece De Mayo De Dos Mil Nueve
- Lic Ma Guadalupe Alcocer Camacho Firmas Ilegibles Foja V
- La Jurisprudencia A Que Se Ha Hecho Mención Es La Siguiente
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Hecho Lo Anterior Dicte El Laudo Correspondiente Conforme A Derecho
