AMPARO DIRECTO 1066/2008. **********
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1066/2008. **********

Fecha: 02-Jun-2006

En Forma De Premisa Es Necesario Llevar A Cabo Algunas Precisiones

En el reconocimiento de las enfermedades de tipo profesional y, como consecuencia, el otorgamiento de una pensión, se surte cuando se satisfacen los siguientes requisitos:

a) La presencia de un padecimiento, en el cual se especifique la lesión, su gravedad, la posibilidad de complicaciones y la consecuente incapacidad para el trabajo;

b) Que dicho padecimiento sea a consecuencia o se derive de las actividades que desempeña el empleado, así como al medio ambiente en el cual se vio obligado a prestar ese servicio; y,