Notifíquese
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados Guillermo Esparza Alfaro, José Luis Torres Lagunas y Daniel Cabello González, siendo ponente el último de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Sexto Son Infundados Los Conceptos De Violación
- En Ese Sentido La Parte Actora En Su Escrito De Demanda Reclamó
- Por Su Parte El Instituto Demandado Al Contestar La Demanda Se Excepcionó En La Siguiente Forma
- La Junta Responsable Al Emitir El Laudo Reclamado Fijó La Litis En Los Siguientes Términos
- En Ese Mismo Sentido Respecto De Las Pruebas Ofrecidas Por Las Partes Sostuvo
- Este Tiempo De Conservación De Derechos No Será Menor De Doce Meses
- Artículo Son Atribuciones De Las Subdelegaciones Dentro De Su Circunscripción Territorial
- Posteriormente En Otra Parte Apuntó
- Finalmente También Adujo
- Notifíquese
