AMPARO DIRECTO 523/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 523/2010. **********.

Fecha: 18-Jun-2008

Considerando

QUINTO. Suplidos en su deficiencia, en términos del artículo 76 Bis, fracción II, de la Ley de Amparo, los conceptos de violación transcritos son parcialmente fundados.

El impetrante del amparo aduce, en forma destacada, que en el caso se actualiza una violación a las reglas generales del procedimiento penal, en razón de que el Juez de la causa soslayó avocarse a esclarecer los hechos denunciados, en razón de que omitió llamar al juicio a las personas que señalaron tanto la menor agraviada como el propio sentenciado al producir sus respectivas declaraciones, que lo fueron ********** y la señora **********.