AMPARO DIRECTO 620/2013 (CUADERNO AUXILIAR 835/2013). 17 DE OCTUBRE DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EDGAR GAYTÁN GALVÁN. SECRETARIO: JESÚS IRAM AGUIRRE SANDOVAL.
Fecha: 14-Feb-2014
A Revólveres Calibre Mágnum Y Los Superiores A Especial
"b) Pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las .38" Súper y Comando, y las de calibres superiores.
"c) Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas en calibre .223", 7 mm., 7.62 mm. y carabinas calibre .30" en todos sus modelos.
"d) Pistolas, carabinas y fusiles con sistema de ráfaga, sub-ametralladoras, metralletas y ametralladoras en todos sus calibres.
"e) Escopetas con cañón de longitud inferior a 635 mm. (25"), las de calibre superior al 12 (.729" ó 18.5 mm.) y las lanzagases, con excepción de las de uso industrial.
"f) Municiones para las armas anteriores y cartuchos con artificios especiales como trazadores, incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos, de gases y los cargados con postas superiores al "00" (.84 centímetros de diámetro) para escopeta.
"g) Cañones, piezas de artillería, morteros y carros de combate con sus aditamentos, accesorios, proyectiles y municiones.
"h) Proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, minas, cargas de profundidad, lanzallamas y similares, así como los aparatos, artificios y máquinas para su lanzamiento.
- Considerando
- Artículo Se Exceptúan De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior
- En Estos Casos La Demanda De Amparo Podrá Interponerse En Cualquier Tiempo
- De La Ejecutoria Que Surgió Dicha Jurisprudencia Conviene Transcribir La Siguiente Consideración
- Son Infundados Los Argumentos Anteriores
- Es Infundada Esta Alegación
- A Revólveres Calibre Mágnum Y Los Superiores A Especial
- K Aeronaves De Guerra Y Su Armamento
- En General Todas Las Armas Municiones Y Materiales Destinados Exclusivamente Para La Guerra