Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 223/2014. 2 DE JULIO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: XÓCHITL GUIDO GUZMÁN. SECRETARIO: RAÚL SÁNCHEZ AGUIRRE.
Fecha: 30-Oct-2015
Ley De Amparo
"Artículo 75. En las sentencias que se dicten en los juicios de amparo el acto reclamado se apreciará tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable. No se admitirán ni se tomarán en consideración las pruebas que no se hubiesen rendido ante dicha autoridad. ..."
"Artículo 172. En los juicios tramitados ante los tribunales administrativos, civiles, agrarios o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo, cuando:
"...
"XII. Se trate de casos análogos a los previstos en las fracciones anteriores a juicio de los órganos jurisdiccionales de amparo."
- Considerando
- Artículo
- Ley De Amparo
- Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos Del Estado De Guerrero
- I El Análisis De Las Causales De Improcedencia O Sobreseimiento Del Juicio En Su Caso
- Por Otro Lado El Último Párrafo Del Reverso De La Citada Foja Señala
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve