AMPARO DIRECTO 223/2014. 2 DE JULIO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: XÓCHITL GUIDO GUZMÁN. SECRETARIO: RAÚL SÁNCHEZ AGUIRRE.
Fecha: 30-Oct-2015
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-Para los efectos precisados en el último considerando de esta ejecutoria, la Justicia de la Unión ampara y protege a **********, en contra del acto y autoridad precisados en el resultando primero de la misma.
Notifíquese, publíquese y anótese en el libro de gobierno de este Tribunal Colegiado; con testimonio autorizado de la presente resolución, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos lo resolvieron los integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, Magistrados Xóchitl Guido Guzmán, Gerardo Dávila Gaona y Jorge Carreón Hurtado; siendo presidenta y ponente la primera de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II y 8 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Artículo
- Ley De Amparo
- Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos Del Estado De Guerrero
- I El Análisis De Las Causales De Improcedencia O Sobreseimiento Del Juicio En Su Caso
- Por Otro Lado El Último Párrafo Del Reverso De La Citada Foja Señala
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve