AMPARO DIRECTO 336/2015. 24 DE JUNIO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO ALBERTO ALBORES CASTAÑÓN. SECRETARIO: RAÚL LÓPEZ PEDRAZA.
Fecha: 30-Oct-2015
Monterrey Nuevo León A Cuatro De Agosto Del Dos Mil Trece
"Según certificación expedida por el C. Secretario adscrito a esta Junta, en los autos del presente expediente número ********** promovida por **********, en contra de **********, y otros, fueron desahogadas en sus términos los medios de prueba aportados por las partes en contienda por lo que en los términos del artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo, se da vista a las partes por el término de tres días para que expresen su conformidad con la presente certificación, bajo el apercibimiento que si transcurrido el término señalado no lo hicieron y hubiere pruebas que desahogar, se les tendrá por desistidos de las mismas para todos los efectos legales correspondientes. Notifíquese. Así lo acuerdan y lo firman los representantes que integran la Junta Especial Número Once de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado. Doy fe."
- Considerando
- Página
- Tercer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Cuarto Circuito
- El Actor Ofreció Entre Otras Pruebas La Confesional En Los Términos Siguientes
- Monterrey Nuevo León A Cuatro De Agosto Del Dos Mil Trece
- El Contenido Del Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Es Del Texto Siguiente
- Xii En Casos Urgentes O Cuando Concurran Circunstancias Especiales A Juicio De La Junta
- Segundo Tribunal Colegiado Del Décimo Segundo Circuito
- Lo Anterior Es Así Ya Que El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Dispone
- Materias Laboral
- Reponga El Procedimiento Laboral A Fin De Que
- Tratándose De Apoderado La Personalidad Se Acreditará Conforme A Las Siguientes Reglas
- Reformada Dof De Noviembre De