AMPARO DIRECTO 126/2014. INDUSTRIAS WET LINE, S.A. DE C.V. 30 DE ABRIL DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: CARLOS AMADO YÁÑEZ. SECRETARIA: MARÍA ELENA BAUTISTA CUÉLLAR.
Fecha: 06-Mar-2015
Considerando
OCTAVO.-Previo al análisis de los conceptos de violación de la quejosa, es conveniente tomar en cuenta que en el juicio contencioso se demandó la nulidad de la resolución contenida en el oficio con código de barras PI/S/2012/027939, de veintiocho de septiembre de dos mil doce, a través del cual se declaró administrativamente la caducidad del registro marcario 740418 Xtrem Gel y Diseño, propiedad de la hoy quejosa.
En dicha resolución se determinó que con las pruebas ofrecidas no se acreditaba el uso de la marca durante el periodo comprendido del treinta y uno de octubre de dos mil ocho al treinta y uno de octubre de dos mil once.
Al valorar las facturas ofrecidas como pruebas, el instituto resolvió que no contenían algún diseño que identificara los productos amparados.
Indicó que respecto de las facturas 15675, 15930, 15999, el R.F.C. del impresor no coincidía con el registrado en el Servicio de Administración Tributaria; que de la página del Servicio de Administración Tributaria se advertía que la factura 28087, era apócrifa.
Insistió en que en las facturas exhibidas aparecía la denominación "Xtrem Gel y Logo", sin que contara con el diseño de dicho logo, acompañado de la denominación correspondiente, tal como se encontraba registrada, como lo exige el artículo 128 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Que la certificación del contador público que incluía los movimientos auxiliares de la empresa Industrias Wet Line, Sociedad Anónima de Capital Variable, únicamente demostraba dichos movimientos.
- Considerando
- Además De Que No Se Demostró La Justificación Para No Usar La Marca De Referencia
- Efectivamente Los Artículos Y De La Ley De La Propiedad Industrial Prevén
- Artículo El Registro Caducará En Los Siguientes Casos
- En Efecto Los Artículos De Referencia Establecen Lo Siguiente
- Artículo Pueden Constituir Una Marca Los Siguientes Signos
- Ii Las Formas Tridimensionales
- Ante Lo Ineficaz Del Concepto De Violación Lo Procedente Es Negar El Amparo Solicitado