Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 62/2016. 23 DE JUNIO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. ENCARGADO DEL ENGROSE: HÉCTOR LANDA RAZO. SECRETARIA: CARMEN GONZÁLEZ VALDÉS.
Fecha: 30-Sep-2016
En Audiencia De Nueve De Enero De Dos Mil Doce Se Llevó A Cabo El Desahogo De La Citada Prueba Así
"Desahogo de la inspección 5 ofrecida por la actora en su escrito de pruebas.-I. Falso, según se desprende de las tarjetas de trabajo que se me ponen a la vista.-II. Falso, según se desprende del original de la situación contractual, de fecha 24 de mayo de 2011 y de las tarjetas kárdex en las que consta que la actora computa como antigüedad en la empresa 15 años, 322 días al 24 de mayo de 2011.-III. Falso, según se desprende del original de la situación contractual, de fecha 24 de mayo de 2011 y de las tarjetas kárdex, que se me ponen a la vista."
- Considerando
- La Actora Ofreció La Inspección Así
- La Junta Admitió La Prueba Acordando
- En Audiencia De Nueve De Enero De Dos Mil Doce Se Llevó A Cabo El Desahogo De La Citada Prueba Así
- Ahora La Junta Al Laudar Señaló
- El Concepto De Violación Es Infundado
- Al Respecto La Junta Acordó
- De Igual Manera Se Advierte La Leyenda
- Ii En Las Juntas Especiales Se Observarán Las Normas Siguientes
- Las Demandadas Ofrecieron La Inspección Así
- Se Desahogó De La Siguiente Forma
- La Junta Consideró
- El Fedatario Dio Fe De