AMPARO DIRECTO 140/2016. 28 DE ABRIL DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JORGE OJEDA VELÁZQUEZ. PONENTE: OSMAR ARMANDO CRUZ QUIROZ. SECRETARIA: HILDA MAYLETH TOLENTINO CRUZ.
Fecha: 19-May-2017
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra la sentencia de veintiuno de octubre de dos mil quince, dictada por la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal en el recurso de apelación **********, derivado del juicio de nulidad ********** del índice de la Cuarta Sala Ordinaria del referido tribunal, en términos de los razonamientos jurídicos precisados en el considerando último de la presente ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos a la Sala de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por mayoría de votos de los Magistrados Miguel de Jesús Alvarado Esquivel (presidente) y Osmar Armando Cruz Quiroz, en contra del voto del Magistrado Jorge Ojeda Velázquez; lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, siendo relator el segundo de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14, 18 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Artículo Para Aplicación Interpretación Y Efectos De La Presente Ley Se Entiende Por
- Reglamento De Transporte Del Distrito Federal
- Artículo Se Prohíbe A Los Usuarios Del Servicio Público De Transporte Masivo De Pasajeros
- Ii El Desarrollo Y Mejoramiento Del Servicio Público De Transporte De Pasajeros
- Vi Usuarios De Transporte Particular Automotor
- I El Diagnóstico
- B Promoción E Integración Del Transporte Público De Pasajeros
- D Ordenación Y Aprovechamiento De La Red Vial Primaria
- I Gestión Del Transporte Metropolitano
- Vi Las Acciones De Coordinación Con Dependencias Federales Entidades Federativas Y Municipios Y
- A Deje Insubsistente La Sentencia De Veintiuno De Octubre De Dos Mil Quince Y
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve