SENTENCIA CONDENATORIA DE PRIMERA INSTANCIA QUE CONCEDE EL SUSTITUTIVO DE TRATAMIENTO EN LIBERTAD O EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA. SI EL SENTENCIADO RENUNCIÓ A LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN EN SU CON
Fecha: 20-Abr-2018
D Cuando Se Trate Del Auto De Vinculación A Proceso
"Cuando la procedencia del recurso o medio de defensa se sujete a interpretación adicional o su fundamento legal sea insuficiente para determinarla, el quejoso quedará en libertad de interponer dicho recurso o acudir al juicio de amparo;"
Bajo ese contexto normativo, es de considerar que el principio de definitividad a observar en el juicio de amparo directo implica, como condición general, que los actos reclamados (sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio), deben estar permeados de definitividad, en el sentido de que no puedan ser impugnados por ningún recurso o medio de defensa ordinario, cuya interposición pudiere dar lugar a su modificación, revocación o anulación, porque de no ser así, el juicio será improcedente.
Ahora, en el caso, el quejoso reclama la sentencia de ocho de marzo de dos mil doce, dictada por el Juez Cuadragésimo Penal del entonces Distrito Federal, en la causa **********, seguida en su contra, en la que lo consideró penalmente responsable del delito de robo agravado.
Sentencia que era impugnable mediante uno de los recursos ordinarios que prevé el Código de Procedimientos Penales para la Ciudad de México (sic), en el caso, el de apelación, por virtud del cual pudo ser modificada, revocada o nulificada.
- Considerando
- Artículo El Juicio De Amparo Directo Procede
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Se Exceptúa De Lo Anterior
- D Cuando Se Trate Del Auto De Vinculación A Proceso
- Ello Conforme A Los Numerales Y Fracción I Del Citado Código Que Establecen
- I Las Sentencias Definitivas Incluyendo Aquellas Que Se Pronuncien En Los Procesos Sumarios
- Sin Embargo De Manera Enfática El Juez Determinó
- Artículo Son Irrevocables Y Por Tanto Causan Ejecutoria
- Artículo
- Lo Que A Su Vez Redundó En Violación Al Derecho Fundamental De Debido Proceso
- Sin Embargo El Juez Responsable No Respetó Tales Derechos Fundamentales
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve