AMPARO DIRECTO 290/2019. 30 DE MAYO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAÚL VALERIO RAMÍREZ. SECRETARIO: ENRIQUE BAIGTS MUÑOZ.
Fecha: 02-Ago-2019
Xiii Las Documentales Privadas Consistentes En
"a) Impresión de comunicado proveniente de la cuenta de correo electrónico **********, cuyo titular de cuenta y dirección electrónica es el C. **********, de fecha 5 de diciembre del año 2011, constante de dos fojas útiles tamaño carta suscritas por un solo lado de sus caras, comunicado con el que se acreditan los siguientes extremos:
"1. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora vino laborando al servicio de las mismas.
"2. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora tiene derecho al pago de comisiones.
"3. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente la relación de trabajo existente entre la actora y las empresas demandadas ********** y **********.
"b) Impresión de comunicado proveniente de la cuenta de correo electrónico **********, cuyo titular de cuenta y dirección electrónica es el C. **********, de fecha 22 de diciembre del año 2011, constante de una foja útil tamaño carta suscrita por un solo lado de sus caras, comunicado con el que se acreditan los siguientes extremos:
"1. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora vino laborando al servicio de las mismas.
"2. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora tiene derecho al pago de comisiones.
"3. Que el C. **********, apoderado y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente la relación de trabajo existente entre la actora y las empresas demandadas ********** y **********.
"c) Impresión de comunicado proveniente de la cuenta de correo electrónico **********, cuyo titular de cuenta y dirección electrónica es la C. **********, de fecha 10 de diciembre del año 2013, contante de una foja útil tamaño carta suscrita por un solo lado de sus caras, comunicado con el que se acreditan los siguientes extremos:
"1. Que la C. **********, apodera y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora vino laborando al servicio de las mismas.
"2. Que la C. **********, apoderada y representante legal de las empresas demandadas reconoce expresamente que la actora estará laborando para **********, hasta el 20 de diciembre de 2013.
"Aunado a los extremos señalados en los incisos ya mencionados, con la presente prueba se acredita que la actora prestó sus servicios personales y subordinados mediante el pago de un salario a favor de **********, tal y como de forma expresa se reconoce en el contenido de los comunicados descritos y ofrecidos como medios de prueba, configurándose los supuestos a que hacen mención los artículos 8, 10, 20 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
"Para el caso de objeción de las documentales ofrecidas, se ofrece como medio de perfeccionamiento la prueba pericial en informática forense, consistente en verificar la firma electrónica y el acceso de los sistemas de intranet e internet correspondiente a las cuentas electrónicas ********** y ********** de la empresa **********, con domicilio ubicado en **********; perito que deberá ser designado por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal a través de la Unidad de Investigación Cibernética, así como del Departamento General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal con domicilio ubicado en Avenida Coyoacán número 1635 en la colonia Del Valle Centro, Delegación Benito Juárez, en esta ciudad, por lo que se solicita se gire oficio a dicha autoridad con el objeto de que se designe el perito correspondiente; lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.
"Lo anterior en virtud de que la empresa ********** regula lo que es el acceso a los medios informáticos que se dan entre el empleado y la empresa a fin de validar los documentos electrónicos que se producen con motivo de la relación laboral que los liga, tales como órdenes de trabajo, cotizaciones, cierre de pago de comisiones, entre otros, reglamentación que pertenece a la empresa **********, así como la base de datos en que se encuentran dados de alta, tanto clientes como vendedores, entre ellos la actora **********.
"Dada la infraestructura antes narrada, resulta que para que una persona tenga acceso al sistema de intranet de la empresa **********, necesita estar validado por:
- Considerando
- A La Confesional Para Hechos Propios A Cargo De
- C La Inspección Ocular
- E La Pericial En Informática Forense Como Medio De Perfeccionamiento De Los Correos Electrónicos
- Cuartose Absuelve A De Todo Lo Reclamado Por La Actora En Este Juicio
- Ix Las Documentales Privadas Consistentes En
- Que La Actora Vino Laborando Al Servicio De La Empresa A Partir Del Año
- Que La Actora Vino Laborando Con La Categoría De Gerente De Ventas
- Esta Prueba Se Ofrece A Efecto De Que El C Actuario Dé Fe
- Que Los Demandados Pactaron Con La Actora El Pago De Comisiones
- Xiii Las Documentales Privadas Consistentes En
- Que Tenga Permiso Para Accesar A La Aplicación En Cuestión Como Lo Es El Password O Contraseña
- Que Diga El Perito Qué Es El Domicilio Virtual
- Que Diga El Perito Quién Autoriza El Acceso A La Cuenta De Correo Electrónico
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Vii El Contrato De Trabajo
- Xiii Pago De La Participación De Los Trabajadores En Las Utilidades De Las Empresas Y
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes
- Cierto Dicho Numeral A La Letra Establece
- El Amparo Adhesivo Únicamente Procederá En Los Siguientes Casos