AMPARO DIRECTO 184/2019. 15 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SILVIA ROCÍO PÉREZ ALVARADO. SECRETARIO: JUAN JOSÉ MAGAÑA ORNELAS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 184/2019. 15 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: SILVIA ROCÍO PÉREZ ALVARADO. SECRETARIO: JUAN JOSÉ MAGAÑA ORNELAS.

Fecha: 13-Mar-2020

C Que Impliquen Una Afirmativa Ficta En Los Términos De La Legislación Aplicable

"d) Que sean favorables a un particular, cuando la autoridad estatal o municipal promueva su nulidad;

"e) Derivados de la relación administrativa de los integrantes de las instituciones policiales y cuerpos de seguridad pública, estatales y municipales;

"f) Que determinen la existencia de una obligación fiscal, emitidos por autoridad fiscal competente y sean considerados como definitivos en los términos de la legislación estatal aplicable, y en caso de obligaciones fiscales determinadas conforme a las facultades delegadas a las autoridades estatales por autoridades fiscales federales se estará a lo dispuesto en la normativa federal correspondiente;

"g) Que fijen en cantidad líquida una obligación fiscal o den las bases para su liquidación, emitidos por autoridad fiscal competente y sean considerados como definitivos en los términos de la legislación estatal aplicable;

"h) Que nieguen la devolución de un ingreso indebidamente percibido, emitidos por autoridad fiscal competente y sean considerados como definitivos en los términos de la legislación estatal aplicable;

"i) Que cause un agravio en materia fiscal, emitidos por autoridad fiscal competente y sean considerados como definitivos en los términos de la legislación aplicable;

"j) Que nieguen la indemnización o que por su monto no satisfagan al reclamante, y las que impongan la obligación de resarcir daños y perjuicios pagados con motivo de la reclamación, en los términos de la legislación en materia de responsabilidad patrimonial del Estado;

"k) Que constituyan créditos fiscales, por responsabilidades de los servidores públicos estatales o municipales, cuando sean considerados como definitivos; o

"l) Que determinen una responsabilidad ambiental, de competencia estatal, en los términos de la legislación aplicable;

"II. En contra de actos o resoluciones de autoridades pertenecientes a la administración pública estatal, cuando por virtud de los convenios de coordinación, los ayuntamientos sufran algún agravio en materia fiscal;

"III. En contra del procedimiento administrativo de ejecución, cuando el afectado en el mismo opte por no interponer el recurso ordinario ante la autoridad competente y cuando afirme que: